
Estas medidas se dirigen fundamentalmente a jóvenes y desempleados. También se ha derogado bonificaciones anteriores, con lo que nos parece interesante repasar cuáles están en vigor.
Existe una bonificación del 100% de la seguridad social a cargo de la empresa en la contratación para jóvenes mediante contratos de formación. La empresa debe mantener o aumentar la plantilla de los trabajadores mientras dure el contrato formativo bonificado.
Esta bonificación es aplicable a los contratos celebrados desde el 18 de junio de 2010 (fecha de entrada en vigor de la primera versión de la reforma laboral) hasta el 31 de diciembre de 2011 con trabajadores desempleados e inscritos en el INEM. También se podrán beneficiar los contratos para la formación concertados con anterioridad al 18 de junio de 2010 que sean prorrogados hasta el 31 de diciembre de 2011.
El contrato para la formación tiene como objetivo que el trabajador adquiera la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo cualificado, y tiene unas características propias (como mínimo un 15% de la jornada se destina a formación, etc.).
Más adelante les informaremos del resto de bonificaciones existentes, si hasta entonces tiene cualquier cuestión o necesita más información sobre este asunto, consúltenos.
Imagen:Forges
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