El pasado 21 de diciembre, el Congreso aprobó la llamada nueva Ley antitabaco que modifica la Ley 28/2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Esta entró en vigor el 2 de enero de 2011, y entre otras cuestiones, prohíbe fumar en todos los establecimientos públicos cerrados y en algunos espacios abiertos, como los parques infantiles o en el entorno de los hospitales.
En el ámbito de la hostelería, sólo está permitido fumar al aire libre.
Los medios de comunicación no pueden emitir programas o imágenes en las que los presentadores o colaboradores fumen o publiciten tabaco.
Es legal consumir tabaco en clubes privados de fumadores (que cumplan requisitos para considerarse como tales), en determinadas zonas de establecimientos penitenciarios, centros psiquiátricos, de mayores y de personas con discapacidad. Los hoteles reservarán hasta el 30 por ciento de sus habitaciones para fumadores.
Las multas serán desde 30 euros por infracción leve, hasta 10.000 euros la grave y las muy graves, hasta 600.000 euros.
La normativa española es una de las más estrictas de Europa, siguiendo la estela de Irlanda, primer país europeo en eliminar el tabaco de los sitios públicos.
Además de los propios fumadores, los grandes afectados son los profesionales de la hostelería y restauración, que temen una reducción de su volumen de negocio.
En este
artículo se explican algunas claves de la ley.