Afiris Asesoria de Empresas

viernes, 2 de julio de 2010

Impuesto de Sociedades 2009

Este mes de julio las sociedades mercantiles tienen que rendir cuentas con Hacienda en función de los resultados obtenidos en 2009, es hora del Impuesto de Sociedades.

La Agencia Tributaria ha habilitado un espacio en su web para la Campaña del Impuesto de Sociedades 2009.Os recordamos las principales novedades para este año:

. La reducción en el tipo de gravamen por mantener o crear nuevos puestos de trabajo (mantenimiento o aumento de la plantilla media de 2008), un 5%.
. Libertad de amortización para los elementos nuevos del inmovilizado material o de inversiones inmobiliarias.
. Operaciones vinculadas: se han simplificado las obligaciones de documentar estas operaciones para las pymes, únicamente estarán obligadas a hacerlo si su volumen de operaciones vinculadas supera en el año 100.000 euros.

Se utilizará el modelo 200 para presentar la declaración, tanto para grandes empresas como para pymes. El plazo de presentación de la declaración finaliza el 26 de julio (domiciliación de los impuestos a ingresar hasta el 20 de julio).

Ley de Cooperativas en Aragón

Desde el 26 de junio de 2010 ha entrado en vigor una nueva Ley de Cooperativas de Aragón, ya que se han introducido algunas modificaciones, entre otras:
. Dos socios serán suficientes para constituir una cooperativa de trabajo asociado en Aragón. Hasta la fecha eran tres.
. Se autoriza la posibilidad de constituirse con dos socios a través de la implantación de la nueva figura "Pequeña empresa Cooperativa", que se podrá constituir de una forma rápida. Se pretende fomentar la constitución de cooperativas de trabajadores.
. Otra clase de cooperativa pretende atender las necesidades de un sector específico, la Cooperativa de trabajo asociado de transporte.
. Para conseguir mayor organización y eficacia del Registro de Cooperativas se adoptarán medios de gestión telemática.

En Afiris nos encargamos de la creación de empresas eligiendo la forma jurídica más adecuada.

Más información: Ley 4/2010 de 22 de junio, por la que se modifica la Ley de Cooperativas de Aragón.

Calendario fiscal julio 2010

Este mes contamos con fechas destacadas en cuanto a plazos para presentar las declaraciones del segundo trimestre del año y el Impuesto de Sociedades de 2009.

. Hasta el 20 de julio: declaraciones de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, etc. del segundo trimestre o declaración mensual si procede.
. Hasta el día 20 de julio: declaración del segundo trimestre de IVA o declaración mensual si procede.
.Ha comenzado la campaña de Impuesto de Sociedades, el plazo de presentación finaliza el 26 de julio de 2010 (domiciliación de los impuestos a ingresar hasta el 20 de julio)
. El depósito de cuentas de 2009 en el Registro Mercantil se realiza como máximo un mes después de la aprobación de las cuentas por la junta de accionistas que en general, se celebra el 30 de junio.

jueves, 24 de junio de 2010

Plan de continuidad empresarial

Recientemente se ha puesto en marcha una iniciativa que nos parece muy interesante, el Plan de Continuidad Empresarial.
Su objetivo es favorecer la supervivencia de pymes y el aumento de oportunidades para emprendedores.
Según los datos oficiales cada año desaparecen en España 50.000 pequeñas y medianas empresas sólo por motivos distintos a los meramente económicos (jubilación del dueño, problemas de salud, fallecimiento de alguno de los socios o porque no hay sucesores).
La página www.plancontinuidadempresarial.es es una web creada a tal efecto donde las pymes y emprendedores pueden encontrar información general, una base de datos de ofertas y demandas de transmisiones a nivel nacional, y otros servicios. Una herramienta de transferencia de negocios que pretende ser un refuerzo para evitar la destrucción del tejido empresarial de nuestro país.

Fin de plazo Renta 2009


Le recordamos que mañana día 25 de junio, finaliza el plazo para presentar las declaraciones de renta con resultado a ingresar si queremos domiciliar el primer pago al día 30 de junio (el segundo pago se efectuará el 5 de noviembre).

El día 30 de junio acaba el plazo para presentar todas las declaraciones de renta de las que no se quiera domiciliar el pago o que tengan resultado a devolver.

Ley de servicios de pago:ojo con las domiciliaciones

Uno de los aspectos importantes de la Ley 16/2009 de Servicios de Pago es el régimen de AUTORIZACIÓN en las operaciones de pago y, más concretamente, el nuevo sistema de plazos para solicitar la devolución de los recibos con domiciliación bancaria.
Las domiciliaciones, a partir de la aprobación de la ley requieren la autorización previa del ordenante. Las operaciones de pago se considerarán autorizadas cuando el ordenante haya dado el consentimiento para su ejecución.
Cuando el usuario detecte que se ha ejecutado incorrectamente una orden de pago no autorizada dispone de un plazo máximo de 13 meses desde la fecha del adeudo para comunicarlo a su entidad bancaria y devolver el recibo.
El plazo máximo para solicitar la devolución es de 8 semanas si existe autorización, pero ésta no especifica el importe exacto y el importe adeudado excede el que el deudor podía esperar razonablemente.
Por todo ello, es muy recomendable obtener de los clientes o acreedores a los que gire recibos domiciliados, su consentimiento o autorización de pago (pueden devolverle un recibo hasta trece meses después alegando que no tenían autorización con el consiguiente trastorno).
Con esta finalidad, si lo desea contáctenos y le facilitaremos un modelo de recogida de consentimiento. Para cualquier cuestión estamos a su disposición.