Afiris Asesoria de Empresas: anticrisis
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viernes, 18 de junio de 2010

Préstamos línea ICO Directo

Desde el 15 de junio se ha puesto en marcha la nueva línea de financiación ICO-Directo, que permite un importe máximo de 200.000 euros por cliente.
El propio ICO decide la concesión y asume el riesgo de las operaciones al 100% directamente sin que bancos y cajas intermedien en las operaciones. Esto supone una esperanza para pymes autónomos, que con frecuencia recurren a los bancos y les resulta complicado conseguir liquidez.
Los plazos de amortización de los préstamos son:
. 7 años con 2 de carencia para los destinados a la inversión.
. 3 años con 1 de carencia para los de liquidez.
El tipo de interés es único para las dos modalidades: variable euribor a 6 meses + 3,5%.
La antigüedad mínima desde el alta en actividad para poder solicitarlo debe ser de un año, es decir, no pueden beneficiarse los emprendedores con un proyecto de negocio que necesiten financiación.
Para solicitar esta financiación hay que acceder a la web www.facilitadorfinanciero.es, y completar el registro de datos relativos a la empresa y a la solicitud de crédito. El ICO hace un primer análisis de riesgo para verificar si la solicitud cumple los requisitos mínimos exigidos. Después se solicita la documentación que certifique la información introducida, así como las garantías a aportar. Con todo eso el ICO decide sobre la concesión del préstamo, y si la respuesta es positiva se realizan los trámites a través de BBVA o Banco Santander.
Si necesita que le asesoremos o le ayudemos a preparar la documentación, consulte con nosotros.
Más información: portal oficial ICO y preguntas frecuentes línea ICO DIRECTO.

jueves, 13 de mayo de 2010

Reducción del 20% para pymes y autónomos que mantengan empleo

Las últimas novedades fiscales incluyen medidas para paliar los efectos de la crisis sobre las empresas, lo cual resulta positivo entre tanta subida de impuestos.
Todos los empresarios y profesionales con una cifra de negocio inferior a 5 millones de euros y con menos de 25 empleados podrán reducir un 20% su rendimiento neto por mantenimiento o creación de empleo. Esta reducción puede aplicarse en los ejercicios 2009, 2010 y 2011 siempre que se haya mantenido o incrementado la plantilla media respecto a 2008.

Además, los empresarios en módulos podrán reducir otro 5% adicional su rendimiento.
Para agricultores y ganaderos en régimen de estimación directa simplificada, el porcentaje de gastos de difícil justificación deducibles pasa del 5% al 10%.
Otra novedad importante es la posibilidad de la libre amortización en 2009 y 2010 de las inversiones (salvo excepciones), si durante los veinticuatro meses siguientes a la fecha de inicio del período impositivo en que los elementos adquiridos entren en funcionamiento, la plantilla media total de la entidad se mantiene respecto a la de los doce meses anteriores.
Para más información acerca de la aplicación de estas ventajas y de otras que puedan interesarle, consulte con nosotros sin compromiso en Afiris asesoría de empresas.

lunes, 26 de abril de 2010

Las ayudas del Plan 2000e tributan en renta


Los compradores de coches que se hayan beneficiado de los 2.000€ del Plan 2000E a lo largo del 2009 deben prepararse para pagar algo más en el impuesto sobre la renta.

Esta ayuda pública tendrán que declararla como un ingreso más en la declaración de la renta que se realiza este año, y tributará a la tarifa general del impuesto (del 24% al 43%).

Hay que declarar los 1.000 € recibidos por parte de la Administración Pública (500€ del Estado y 500€ de la Comunidad Autónoma).
El descuento adicional de 1.000 € que aplican los concesionarios no debe declararse ya que se considera una rebaja comercial.

miércoles, 21 de abril de 2010

Subvenciones en Aragón para autónomos y fomento de empleo

Recientemente se ha publicado la convocatoria de ayudas para el fomento de empleo autónomo, la contratación estable y de calidad y el empleo en cooperativas y sociedades laborales para 2010.

Subvenciones del programa de promoción del empleo autónomo.
Las subvenciones convocadas tienen por objeto promover y apoyar proyectos de autoempleo que faciliten a personas desempleadas su establecimiento como trabajadores autónomos.
Subvenciones para la promoción de la contratación estable y de calidad.
Las subvenciones convocadas tienen por objeto incentivar la contratación indefinida de trabajadores desempleados.
Subvenciones para la promoción del empleo en cooperativas y sociedades laborales.
Este programa de subvenciones tiene por finalidad fomentar la creación y mantenimiento de puestos de trabajo en Cooperativas y Sociedades Laborales así como apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas.

Puede consultar los requisitos haciendo click en cada tipo de ayuda, y si necesita más información no dude en contactarnos.

www.afiris.es

lunes, 19 de abril de 2010

Recuperación IVA facturas no cobradas


El Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, modifica la normativa del IVA que permite a las empresas recuperar el impuesto repercutido, en el caso de impago de las facturas (art.80 Ley IVA).
Hasta ahora era requisito obligatorio para modificar la base imponible y recuperar el IVA que el deudor estuviese en concurso de acreedores o instar la reclamación judicial de la deuda, con los costes añadidos que supone este procedimiento.

Con la normativa actual las pymes que no hayan superado los 6.010.000 € de volumen de operaciones en el año anterior para recuperar el IVA no cobrado podrán rectificar la base imponible del IVA si han transcurrido seis meses del impago total o parcial de la factura (antes era un año), y si se ha requerido el pago al deudor por medio de requerimiento notarial (ya no es necesaria reclamación judicial). Además se amplía la posibilidad de rectificación de la base imponible cuando el deudor sea un ente público (Ayuntamiento, Administración…), siempre que se disponga de un certificado en que éste reconozca la obligación de pagar y la cuantía adeudada.
Será aplicable a todas las facturas emitidas a partir del 14 de abril de 2.010.

Si tiene facturas impagadas y necesita asesoramiento jurídico, contacte con nosotros y le informaremos con más detalle sin compromiso.
Más información sobre esta y otras medidas que iremos comentando en el BOE.