Afiris Asesoria de Empresas: Los plazos de la cuenta vivienda: fin de prórroga a final de 2010

miércoles, 13 de octubre de 2010

Los plazos de la cuenta vivienda: fin de prórroga a final de 2010

En general el plazo para materializar las cantidades aportadas a una cuenta vivienda es de cuatro años. Para las cuentas vivienda ya abiertas el Gobierno estableció en 2008 una prórroga de dos años debido a la crisis en el mercado inmobiliario, que termina el próximo 31/12/2010.

Información de la Agencia Tributaria: “los saldos de las cuentas vivienda que por finalización del plazo de cuatro años debieran destinarse a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente en el período comprendido entre el día 1 de enero de 2008 y el 30 de diciembre de 2010 (es decir aquellas cuya apertura se haya producido a partir de 1 de enero de 2004), podrán destinarse a dicha finalidad hasta el día 31 de diciembre de 2010 sin que ello implique la pérdida del derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual”.

Si las cantidades depositadas en la cuenta vivienda no se invierten en la adquisición de la vivienda habitual en el plazo indicado, hay que devolver a la Agencia Tributaria los impuestos ahorrados por las cantidades deducidas cada año más los correspondientes intereses de demora.

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