
Se ha publicado recientemente la Ley 32/2010 de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos. La entrada en vigor de la Ley será en tres meses, es decir el día 6 de noviembre de 2010.
Se trata de una prestación voluntaria, salvo para los 540.000 autónomos que actualmente cotizan por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, quienes se incorporan ya a dicha prestación.
El autónomo tendrá que cotizar un 1,7% más de la base por la que cotiza actualmente. Teniendo en cuenta que la base media por la que cotiza un autónomo es de 800 euros, cotizaría una media de 13 euros más al mes, 156 euros más al año.
Se establecerá un período de tres meses desde la entrada en vigor para que los autónomos que actualmente no cotizan por accidente de trabajo y enfermedad profesional puedan hacerlo y así beneficiarse de la nueva prestación. En este período se publicará el reglamento que determina los requisitos para acceder a la prestación.
El autónomo tendrá que cotizar un 1,7% más de la base por la que cotiza actualmente. Teniendo en cuenta que la base media por la que cotiza un autónomo es de 800 euros, cotizaría una media de 13 euros más al mes, 156 euros más al año.
Se establecerá un período de tres meses desde la entrada en vigor para que los autónomos que actualmente no cotizan por accidente de trabajo y enfermedad profesional puedan hacerlo y así beneficiarse de la nueva prestación. En este período se publicará el reglamento que determina los requisitos para acceder a la prestación.
Le ley contempla inicialmente que aparte de la prestación los autónomos puedan también cobrar otra prestación no contributiva de 425 euros durante un máximo de 6 meses siempre que hayan cesado en su actividad profesional a partir del 1 de enero de 2009 y que no reciban ninguna otra ayuda pública, pero con la reforma laboral parece que no va a salir adelante esta medida.
La prestación a percibir será el 70% de la base de cotización de los doce meses anteriores.
La prestación a percibir será el 70% de la base de cotización de los doce meses anteriores.
El plazo máximo de la prestación será de 12 meses, en función de los meses cotizados.
Les iremos ampliando información sobre esta medida que supone un avance para este colectivo, ya que no existía ninguna prestación. Esperemos que no se quede todo aquí y se aprueben nuevas medidas beneficiosas para los autónomos.
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